Caja Rural de Navarra
Reglamento (UE) Nº 648/2012 (EMIR)
Caja Rural de Navarra
Si su empresa opera en derivados esta información le interesa
La siguiente información le servirá para comprender EMIR, la normativa europea que es de aplicación a derivados financieros.
Esta Entidad se pone a su disposición para aclarar cualquier duda o información adicional que precise.
Emir es una normativa europea que regula la contratación y registro de las operaciones de derivados aportando seguridad y transparencia a este tipo de instrumentos financieros.
A todos los derivados, incluyendo con carácter enunciativo no limitativo las permutas financieras de tipos de interés (IRS o swaps) compraventas a plazo de divisa (seguros de cambio), opciones y futuros. Quedan excluidos, a la fecha actual, los depósitos a plazo indexados o estructurados.
Emir se aplica a todas las empresas que contraten derivados financieros. Ahora bien, la normativa clasifica a las empresas en dos grupos con un nivel distinto de exigencias para cada una de ellas:
Si su empresa no calcula su posición media agregada a final de mes para los doces meses anteriores en derivados extrabursátiles con fines especulativos, o si su empresa tiene una posición media agregada a final de mes para los doce meses anteriores en derivados extrabursátiles con fines especulativos que supera alguno de los umbrales indicados en el cuadro*, contacte con esta Entidad porque usted será considerado Contraparte no Financiera que supera los umbrales de EMIR, lo que conlleva mayores obligaciones legales para su empresa.
| Tipo de Derivado | Umbrales (en millones de euros y nocionales) |
|---|---|
| Sobre crédito | 1.000 |
| Sobre renta variable | 1.000 |
| Sobre tipos de interés | 3.000 |
| Sobre divisas | 3.000 |
| Commodities | 3.000 |
*Para elaborar este cálculo la contraparte no financiera incluirá todos los contratos de derivados extrabursátiles suscritos por ella o por otras entidades no financieras de su grupo, que no reduzcan de una manera objetivamente mensurable los riesgos relacionados directamente con la actividad comercial o la actividad de financiación de tesorería de la contraparte no financiera o de su grupo.